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  • Alerta Laboral - Modificación de la Fase 4 de la reanudación de actividades
Boletín:

Alerta Laboral - Modificación de la Fase 4 de la reanudación de actividades

01 diciembre 2020

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Con fecha 26 de setiembre de 2020, a través del Decreto Supremo N° 157-2020-PCM, el Estado Peruano aprobó la Fase 4 de la Reanudación de Actividades Económicas, la cual representa la última fase prevista para la reactivación económica del país en el marco de la pandemia del COVID-19. A través de dicha normativa, se dispuso la habilitación de diversas actividades económicas, comprendidas en los rubros de Comercio y Servicios.

Al respecto, con fecha 27 de noviembre de 2020, ha sido publicado el Decreto Supremo N° 183-2020-PCM, mediante el cual se dispone modificar las disposiciones contenidas en la normativa aludida previamente, respecto de determinados aforos de las actividades económicas habilitadas.

Considerando ello, a continuación los cambios a considerarse respecto a la Fase 4 de la Reanudación de Actividades Económicas:

Actividad económica Descripción Decreto Supremo N° 157-2020-PCM

Decreto Supremo N° 183-2020-PCM (Vigente desde el 28/11/2020)

Consideraciones Consideraciones
Comercio
Tiendas en general - Con aforo al 60%. Con aforo al 60%.
Servicios
Restaurantes y servicios afines, excepto bares.   Con aforo al 50%. Con aforo al 50%.
Servicios de transporte
marítimo de pasajeros.
Transporte marítimo y de cabotaje de pasajeros. Con aforo al 50% y sin incluir el transporte turístico. Con aforo al 100%, incluido el transporte turístico nacional.
Servicios de transporte de pasajeros y carga por vías de navegación inferiores por ríos y lagos. Transporte de pasajeros por vías de navegación inferiores. Con aforo al 50%. Con aforo al 100%, incluido el transporte turístico nacional.
Transporte aéreo. Vuelos internacionales a destinos sanitarios. Transporte de pasajeros por vía aérea. Desde el 5 de octubre. Desde el 5 de octubre.
Servicios de agencia de viajes y operadores turísticos. Otros servicios de reserva y actividades relacionadas. - -
Otros servicios de arte, entretenimiento y esparcimiento. Actividades de bibliotecas y archivos. Incluye bibliotecas universitarias. En destinos sanitarios y con aforo al 60%. En destinos sanitarios y con aforo al 60%.
Actividades y gestión de museos, monumentos arqueológicos prehispánicos, lugares y edificios históricos, centros culturales (no incluye proyección de películas, obras de teatro y espectáculos) y galerías.
Actividades de jardines botánicos y zoológicos y de parques nacionales. Incluye áreas naturales.
Actividades de parques temáticos.
Actividades de clubes y asociaciones deportivas (actividades individuales o en parejas realizadas al aire libre). Con aforo al 50%. Con aforo al 50%.
Pesca deportiva y deportes náuticos, así como su gestión de reservas y actividades de apoyo. Actividades de guías de montaña.