This site uses cookies to provide you with a more responsive and personalised service. By using this site you agree to our use of cookies. Please read our PRIVACY POLICY for more information on the cookies we use and how to delete or block them.
  • Preguntas frecuentes respecto a la Casilla Electrónica de SUNAFIL
Boletín:

Preguntas frecuentes respecto a la Casilla Electrónica de SUNAFIL

17 julio 2020

Descargar la versión PDF

A inicios del presente año, con fecha 14 de enero de 2020, fue publicado el Decreto Supremo N° 003-2020-TR, norma que aprueba el uso obligatorio de la casilla electrónica para efectos de notificación de los procedimientos administrativos y actuaciones de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL.

A través de la referida norma, se dispuso la creación del “Sistema Informático de Notificación Electrónica de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral”, que permite la transmisión y almacenamiento de información de notificaciones vía casilla electrónica; representando ello un paso adicional hacia la modernización de la gestión pública.

Por medio del referido Sistema, la SUNAFIL ha asignado de manera automática una casilla electrónica a cada entidad empleadora, la cual se constituirá como domicilio digital obligatorio para la notificación de actos administrativos y/o actuaciones emitidas en el marco de procedimientos en curso ante la Entidad.

A continuación, resolvemos las principales dudas vinculadas a la Casilla Electrónica de SUNAFIL:

1. ¿Es obligatorio contar con la Casilla Electrónica SUNAFIL?

Sí. A través de la casilla electrónica podrá ser notificado de diversos actos y/o requerimientos por parte de la SUNAFIL, surtiendo estos efectos legales plenamente.

2. ¿Cómo me registro ante la Casilla Electrónica SUNAFIL?

La SUNAFIL ha asignado a cada entidad empleadora su propia casilla electrónica, no siendo necesario realizar registro y/o inscripción alguna.

Para efectos de ingresar a la casilla electrónica, deberá ingresar al Portal Web de la SUNAFIL y utilizar los datos de la CLAVE SOL de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT.

3. ¿Cómo me entero de las notificaciones emitidas?

La SUNAFIL comunicará, a través del correo electrónico y/o teléfono móvil registrado en la casilla electrónica, las notificaciones que correspondan.

4. ¿Qué documentos pueden notificarme?

La casilla electrónica permitirá la notificación de todo tipo de documento emitido en el marco de las funciones y competencias de la SUNAFIL, que requiera ser informadas a las entidades empleadoras.

Dichos documentos pueden ser:

  • Medidas inspectivas.
  • Informes de actuaciones inspectivas.
  • Resoluciones emitidas en el marco del procedimiento administrativo sancionador.
  • Resoluciones emitidas en el marco del procedimiento de ejecución coactiva.
  • Otros que sean necesarios.

5. ¿Qué obligaciones tienen las entidades empleadores frente a su utilización?

Las entidades empleadoras tienen las siguientes obligaciones:

  • Revisar periódicamente la casilla electrónica asignada a efectos de tomar conocimiento de los documentos y/o actos administrativos que se le notifiquen.
  • Mantener operativo su correo electrónico y/o servicio de mensajería, a efectos de recibir las alertas del Sistema Informático de Notificación Electrónica.
  • Mantener la confidencialidad y adoptar las medidas de seguridad en el uso del nombre de usuario y la clave de acceso a la casilla electrónica que se le asigne.

6. ¿Cómo se computan los plazos de notificaciones?

La notificación surte efecto el día que conste haber sido recibida en la casilla electrónica; o, en caso que tal día no sea hábil, a partir del primer día hábil siguiente de haber sido recibida.

Para efectos del cómputo de plazos, este se inicia el día hábil siguiente de aquel en que la notificación vía casilla electrónica surte efectos, salvo que en el acto administrativo notificado se señale una fecha distinta.

7. ¿Únicamente resulta aplicable a las entidades empleadoras?

La casilla electrónica también resulta aplicable para las personas naturales. Para dichos efectos, deberán registrarse ante la Plataforma Virtual de la SUNAFIL.

A considerar

En el marco de la pandemia del COVID-19, a través de la casilla electrónica, la SUNAFIL podrá enviar cartas inductivas a las entidades empleadoras, vinculadas a la correcta implementación del “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo”.

Asimismo, de verificarse inconsistencias en la implementación del referido Plan o una vulneración a las normativas vigentes, la SUNAFIL podrá enviar cartas disuasivas, solicitando documentación que corrobore la implementación debida del denominado Plan COVID-19.

Contactos

Carina Dávila, Gerente Legal, cdavila@bdo.com.pe

Andres Fassioli, Asistente Legal, afassioli@bdo.com.pe