Alerta Legal - Se prorroga el Estado de Emergencia Nacional
30 noviembre 2020
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El día de hoy, 30 de noviembre de 2020, a través del Decreto Supremo N° 184-2020-PCM, el Estado Peruano ha prorrogado por undécima vez el Estado de Emergencia Nacional, el cual fue inicialmente declarado por el Decreto de Urgencia N° 044-2020-PCM en el marco de la pandemia del COVID-19.
Aspecto |
Descripción |
Finalidad |
Proteger eficientemente la vida y la salud de la población, reduciendo la posibilidad del incremento del número de afectados por el COVID-19, sin afectarse la prestación de los servicios básicos, así como la salud y alimentación de la población.
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Plazo |
31 días calendario
(Desde el martes 1 de diciembre de 2020 hasta el jueves 31 de diciembre de 2020)
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Consecuencias |
Queda restringido el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio en resguardo de la salud pública.
Sin embargo, deberá verificarse que no se limiten otros derechos que no son restringidos por el estado de emergencia.
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Medidas específicas |
- Restricción de reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares.
- Orden de inamovilidad entre las 00:00 horas (medianoche) y 04:00 horas a nivel nacional, salvo excepciones.
- Se permiten actividades deportivas en los parques, centros de esparcimiento, clubes zonales u otros (autorizados) siempre que no implique contacto físico y se respete el distanciamiento social.
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Importante
- Se mantienen las restricciones y prohibición de salida de niños y adolescentes menores de 14 años y de las personas en grupos de riesgo, como los adultos mayores de sesenta y 65 años y los que presenten comorbilidades.
- El incumplimiento de las disposiciones establecidas en el Estado de Emergencia Nacional, tales como la realización de reuniones sociales o familiares durante el Estado de Emergencia Nacional, será sancionada con multas de hasta S/ 430.