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  • Alerta Legal - Ampliación de la vigencia del trabajo remoto
Boletín:

Alerta Legal - Ampliación de la vigencia del trabajo remoto

25 junio 2021

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El día 24 de junio de 2021 ha sido publicado el Decreto de Urgencia N° 055-2021, norma que establece medidas extraordinarias complementarias que permitan el financiamiento de gastos para promover la dinamización de la economía y dicta otras disposiciones.

Entre otras regulaciones, la normativa aludida ha dispuesto modificar el numeral 2 de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 026- 2020, el cual se encuentra ligado al plazo de vigencia de la modalidad de empleo del “Trabajo Remoto”.

De dicho modo, se ha establecido que el “Trabajo Remoto” tendrá vigencia, tanto para el Sector Público como para el Sector Privado, hasta el 31 de diciembre de 2021.

¿Qué implicancia tiene la ampliación de la vigencia del Trabajo Remoto?

  • Aquellas entidades empleadoras que mantengan implementado el desarrollo de labores a distancia, podrán continuar aplicando la modalidad de empleo del “Trabajo Remoto” por el período restante del presente año 2021.
    En otras palabras, las empresas podrán optar por esta modalidad en lugar de aquella consistente en el Teletrabajo, que implica el cumplimiento de normativas más rigurosas y la generación de mayores costos.
  • Las entidades empleadoras que se encuentren desarrollando labores de manera presencial, de estimarlo conveniente para los intereses de la organización, podrán implementar unilateralmente la modalidad de empleo del “Trabajo Remoto”.
     

Es importante considerar que deberá cumplirse los parámetros legales establecidos para la implementación del “Trabajo Remoto”, como son las formalidades a seguirse y el velar por la Seguridad y Salud en el Trabajo durante el desarrollo de labores a distancia.

Servicios Legales de BDO

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Contacto

Carina Dávila, Gerente Legal, BDO Outsourcing

Andres Fassioli, Asesor Laboral y Migratorio, BDO Outsourcing