Una nueva norma contable importante NIIF 16 ARRENDAMIENTOS

El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB) ha desarrollado un nuevo Estándar, NIIF 16 Arrendamientos, que reemplaza a la NIC 17 Arrendamientos y las interpretaciones IFRIC 4 Determinación de si un Acuerdo Contiene un Arrendamiento, SIC 15 Arrendamientos Operativos—Incentivos y SIC 27 Evaluación de la Esencia de las Transacciones que Adoptan la Forma Legal de un Arrendamiento. El IASB trabajó conjuntamente con el Consejo de Normas de Contabilidad Financiera de Estados Unidos (FASB) en este proyecto y ambos han llegado a las mismas conclusiones en muchas áreas de la contabilidad de los arrendamientos, incluido el requisito de consignar los arrendamientos en el balance general, cómo definir un arrendamiento y cómo se miden los pasivos derivados de los arrendamientos. También se ha acordado trasladar sustancialmente los requisitos contables del anterior arrendador. Sin embargo, para algunos arrendamientos el IASB y el FASB han llegado a diferentes conclusiones acerca del reconocimiento y presentación de los gastos relacionados con los arrendamientos en el estado de resultados y de flujos de efectivo en el estado de flujos de efectivo.

La NIIF 16 elimina la clasificación de los arrendamientos como arrendamientos operativos o arrendamientos financieros para un arrendatario. En lugar de ello, todos los arrendamientos son tratados de manera similar a los arrendamientos financieros aplicando la NIC 17. Con la nueva Norma los arrendamientos se registran en el balance general reconociendo el valor presente de los pagos de arrendamiento y mostrándolos sea como activos por arrendamientos (activos por derecho de uso) o junto con inmuebles, planta y equipo. Si los pagos por arrendamiento se hacen a lo largo del tiempo, una compañía también reconoce un pasivo financiero que representa su obligación de hacer pagos de arrendamiento futuros. El efecto más significativo de los nuevos requisitos será un aumento en los activos por arrendamiento y pasivos financieros.

Existen algunas excepciones en la aplicación de la NIIF 16. La Norma no requiere que un arrendatario reconozca activos y pasivos por a) arrendamientos a corto plazo (es decir, arrendamientos de 12 meses o menos) y b) arrendamientos de activos de bajo costo (por ejemplo, el arrendamiento de una computadora personal).

La NIIF 16 aclara que un arrendatario separa los componentes de arrendamiento y los componentes de servicio de un contrato y aplica los requisitos de contabilidad del arrendamiento únicamente a los componentes de arrendamiento.

La nueva Norma prevé varias disposiciones transitorias, muchas de las cuales se basan en la fecha de aplicación inicial. Estas incluyen: a) adopción de un enfoque totalmente retrospectivo o retrospectivo modificado; b) medición del activo por derecho de uso; y c) aplicación de la excepción de corto plazo a arrendamientos para los cuales el plazo termina dentro de los 12 meses siguientes a la fecha de la aplicación inicial.

La aplicación de la NIIF 16 podría tener efectos relevantes en las métricas financieras, incluidos los ratios financieros. Para los arrendamientos previamente clasificados como arrendamientos financieros no habrá ningún cambio significativo. Por el contrario, para los arrendamientos previamente clasificados como arrendamientos operativos se espera los efectos siguientes: a) mayor base de activos, lo cual afectará ratios tales como rotación del activo; b) mayores pasivos financieros, lo cual afectará el apalancamiento financiero; c) mayor utilidad operativa, lo cual afectará los ratios basados, por ejemplo, en EBITDA (Utilidad antes de Intereses Impuestos Depreciaciones y Amortizaciones). 

Se requiere que una compañía aplique la NIIF 16 a partir del 1° de enero de 2019 y puede optar por aplicar la nueva Norma antes de esa fecha, pero únicamente si aplica también la NIIF 15 Ingresos de Contratos con Clientes.